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Es un trámite mediante el cual los ciudadanos extranjeros puedan desarrollar las actividades descritas y obtener la visa correspondiente.

Trámite en línea: http://190.152.249.214:8096/MigracionesLaborales/login.jsf

Requisitos para Aprobación de Actividad Laboral para Artistas Extranjeros (Mas de 90 días)

1. Generar la solicitud y formularios, en el portal web institucional www.relacioneslaborales.gob.ec, luego dar clic en SERVICIOS EN LINEA y por último dar clic en TRÁMITES MIGRATORIOS.
2. Fotocopia a color notariado de las páginas de identificación del pasaporte y visado de por lo menos 30 días de vigencias (notariado), si se realiza el trámite por primera vez.
Para el caso de renovación se presentará fotocopia a color de las páginas de identificación del pasaporte y la respectiva visa.
3. Una foto tamaño PASAPORTE A COLORES.
4. En el caso de Persona Jurídica; deberá presentar la copia notariada de la Constitución de la Compañía.
5, Certificado actualizado, conferido por la Superintendencia de Compañías o Bancos y el R.U.C. según sea el caso, respecto al cumplimiento de obligaciones por parte de la empresa o institución bancaria que va a contratar al extranjero, en el caso de otras instituciones se presentará documento que pruebe su existencia legal. Si el empleador es persona natural deberá presentar el R.U.C. (Notariado)
6. Certificado de obligaciones patronales y planillas de aportes al IESS, correspondiente al mes inmediato anterior a la fecha de ingreso de la solicitud.
7. Contrato de Trabajo debidamente registrado en el Ministerio de Relaciones Laborales, en el que consten las siguientes cláusulas:
– Identificación del trabajador: nombres y apellidos, nacionalidad y número de pasaporte.
– Ocupación (cargo) que va a desempeñar el extranjero, claramente especificado y con el detalle de funciones.
° Remuneración que percibirá el trabajador extranjero.
° Obligación del extranjero de laborar exclusivamente para el empleador que lo contrata, mientras no obtenga Aprobación Laboral y Carne Ocupacional para otra empresa.
– Plazo de vigencia del contrato será de 1 año y/o 2 años, el mismo que corresponderá al establecido en la Autorización Laboral otorgado por la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral, pudiendo ser renovada.
– Obligación del extranjero de cumplir los eventos de capacitación, señalados en el Convenio suscrito entre la Empresa y la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral.
Cuando el extranjero suscriba el Contrato de Trabajo fuera del Ecuador, deberá hacerlo ante el Agente Consular ecuatoriano respectivo, luego de lo cual procederá a su protocolización ante el Inspector de Trabajo.
8. Convenio de Capacitación a mínimo tres ecuatorianos, formulario disponible en la página del Ministerio de Relaciones Laborales www.mrl.gob.ec
9. Títulos y diplomas que acrediten la formación y/o experiencia en la ocupación solicitada, apostillados o legalizados ante el Cónsul Ecuatoriano del país de origen del extranjero contratado. Si los citados documentos estuvieren en idioma distinto al Castellano, deberán ser previamente traducidos a este y autenticados ante la autoridad competente (Notariado). Deberá presentar una Declaración Juramentada de la persona que traduce los citados documentos señalando que lo que dice en el documento es lo mismo que traduce.
10. Una vez aprobada la Autorización Laboral, se remitirá vía mail.

Procedimiento para Aprobación de Actividad Laboral para Artistas Extranjeros (Mas de 90 días)

  • Revisión de los Documentos en el acto e ingreso al sistema de la documentación presentada.
  • Se realiza el debido proceso del trámite en caso de existir observaciones en la documentación se notificará al usuario.
  • Se realiza el otorgamiento de la autorización y carné ocupacional.

Costo:

No tiene costo

Tiempo Estimado de Entrega:

Teléfonos generales:

Pichincha: (593)(02) 394 74 40 / Guayas: (593)(04) 232 21 53 / (593)(04) 268 42 56 / (593)(04) 268 42 59 / Azuay: (593)(07) 407 58 82

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