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El Bono de Titulación es un subsidio o complemento único y directo, que otorga el Estado Ecuatoriano por intermedio del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, MIDUVI, a personas de bajos recursos económicos, por el valor de hasta US$ 200.00 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América 00/100).

El bono se otorgará por una sola vez, bajo criterios objetivos y mediante un sistema transparente de calificación de beneficiarios; y, está destinado únicamente a ayudar o complementar los costos para la obtención de escrituras públicas inscrita en el Registro de la Propiedad.

Requisitos para Bono de Titulación

Requisitos:

1. La Solicitud de postulación y calificación, la misma que contendrá datos del postulante en la que declara bajo juramento lo siguiente:

a) Su estado civil;
b) La declaración de no poseer otro inmueble a nivel nacional en el área urbana; y,
c) La manifestación de sus ingresos no superan los cuatro (4) salarios básicos unificados vigentes en el área urbana; y, Dos (2) salarios básicos unificados vigentes, por núcleo familiar en el área rural.

2. Los Postulantes que trabajen bajo relación de dependencia deberán presentar una certificación de los ingresos que perciben emitida por la entidad o patrono donde presta sus servicios.

3. Copias de las cédulas de ciudadanía y certificado de votación del postulante y su cónyuge en los casos en que sea casado o viva en unión de hecho.

4. Informe de regulación emitida por la municipalidad del cantón donde va a se va a intervenir con el bono de titulación.

5. Para el área rural copia de la providencia de adjudicación otorgada por la entidad competente.

6. Certificado del Registro Social.

7. Copia certificada de la escritura madre.

8. Certificado del Pago del Impuesto Predial actualizado.

9. Certificado de Gravamen emitido por el Registro de la Propiedad actualizado.

10. Levantamiento Planimétrico Georeferenciado y aprobado por el Municipio.

Requisitos para Ejecutores:

1. Carta de presentación (formato MIDUVI).
2. Hoja de Vida (formato MIDUVI).
3. Copia de cédula de ciudadanía y papeleta de votación.
4. Copia del certificado emitido por el SENESCYT.
5. Copia del carné profesional.
6. Lista Blanca emitido por el SRI.
7. Registro Único de Contribuyentes (RUC).
8. Certificado de la Contraloría General del Estado de cumplimiento de contratos con el sector público.
9. Certificado del Buró de Crédito; (Es un certificado avalado por la Superintendencia de Bancos y Seguros).
10. Certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales.

Son ejecutores los: Profesionales del derecho en libre ejercicio de su profesión, la sociedad civil organizada; las instituciones y entidades del sector público y del régimen seccional autónomo o municipios; los organismos de desarrollo regional; las organizaciones no gubernamentales; las universidades; los colegios profesionales; y, otros de similar naturaleza, cuya participación está regulada por las normas contenidas en
el Reglamento e Instructivo del Bono de Titulación.

Nota: Toda la documentación deberá presentarse debidamente ordenadas y en la carpeta respectiva

Procedimiento para Bono de Titulación

1. Conformación de la Comisión calificadora integrada por:
• Director Provincial quien la preside,
• Promotor el Bono de Titulación o Profesional de derecho,
• Responsable del área financiera para postulantes y ejecutores.
2. Ejecución del Proyecto bajo la modalidad convenios, contratos o administración directa MIDUVI.
3. Entrega de bonos para los beneficiarios endosen al ejecutor.
4. Seguimiento y control por parte del Miduvi a los Convenios y Contratos subscritos.
5. Plazo de duración en el trámite de escrituración aproximadamente de 120 días, según el número de beneficiarios.
6. Liquidación de convenios o contratos.
7. Entrega de escrituras públicas a beneficiarios debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad del respectivo Cantón.

Costo:

Todo trámite y formularios son gratuitos.

Tiempo Estimado de Entrega:

  • Bono: Desde la presentación de la solicitud hasta la entrega del bono al postulante, se estima aproximadamente 30 días, considerando la situación geográfica, número de beneficiarios, y si el bien inmueble es urbano y rural.
  • Escrituras: La entrega de las Escrituras Públicas a beneficiarios debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad del respectivo Cantón, toma un promedio aproximado de 120 días de acuerdo al número de beneficiarios y si los predios son urbanos y rurales.

Teléfonos generales:

(593) (02) 223 07 69 / (593) (02) 250 30 49

Más información:

http://www.miduvi.gob.ec

 

Trámites recomendados: