Aplicable a ciudadanos/as extranjeros/as casados/as o en unión de hecho con ecuatorianos/as (Constitución Política vigente, Art. 8, Numeral 4.).
Requisitos para Obtención de la nacionalidad ecuatoriana por Declaración
1. Solicitud de un abogado en libre ejercicio profesional, conforme al siguiente detalle:
Original y dos copias de la solicitud dirigida al Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración que incluya:
1.1.Lugar y fecha de la solicitud;
1.2.Nombres y apellidos completos del o la peticionaria;
1.3.Nombres y apellidos completos de los padres del o la solicitante (importante);
1.4.Lugar y fecha de nacimiento del o la peticionaria;
1.5.Indicar si se ha naturalizado en otro Estado o ha presentado solicitud al respecto;
1.6.Especificación de nacionalidad de origen y nacionalidad adquirida, de ser del caso;
1.7.Especificación de la nacionalidad del cónyuge a naturalizarse y fecha de matrimonio;
1.8.Detalle de los documentos que acompañan a la solicitud;
1.9.Dirección, teléfono y correo electrónico del interesado/a y de su abogado; y,
1.10.Firma del o la solicitante y de su abogado (Art. 50 de la Ley de Defensa Profesional de los Abogados).
Nota: Para respaldo del o la solicitante se debe guardar una copia integra de todo el expediente.
2. Documentos anexos a la solicitud:
2.1. Partida de nacimiento del o la solicitante. Esta debe ser apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o autoridad competente del país donde nació el o la solicitante extranjera o legalizada por el Cónsul del Ecuador del lugar de nacimiento o en su defecto por el Consulado ecuatoriano más cercano. Y de ser del caso, traducida al idioma castellano, conforme a los artículos 5 y 6 del Decreto Nº 601, publicado en el R.O. Nº148, de 20 de marzo de 1985;
2.2. Partida de matrimonio inscrita en la Dirección General de Registro Civil del Ecuador o Acta de Unión de Hecho ante Notario;
2.3. Partida de nacimiento del o la cónyuge ecuatoriana y copia simple y actualizada de su cédula de ciudadanía;
2.4. Copia notarizada (preferible) u original del pasaporte o documento de viaje con el cual el o la interesada ingresó al Ecuador;
2.5. Copia notarizada del pasaporte o documento de viaje actual del o la interesada con permanencia legal vigente;
2.6. Copia notarizada de la cédula o documento de identidad original del país de origen del o la peticionaria;
2.7. Certificado de Movimiento Migratorio del o la peticionaria;
2.8. Cuatro fotografías a color tamaño carné;
2.9. Certificado de antecedentes penales del país de origen del o la solicitante, debidamente legalizado por el Consulado ecuatoriano o apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o autoridad competente del país de origen del o la peticionaria; y,
2.10 Declaración juramentada ante Notario del domicilio en el Ecuador (describir el lugar).
Nota: Si el o la interesada no posee alguno de los documentos indicados en los numerales 2.4 y 2.6 de este subtítulo, deberá presentar una declaración juramentada otorgada ante Notario Público, por medio de la cual justifique debidamente que tiene la imposibilidad real de acompañar dichos documentos.
PRESENTACIÓN DE EXPEDIENTES E INFORMACIÓN ADICIONAL:
- Cada expediente irá en una carpeta individual (sin separadores);
- La Cancillería aprobará el ingreso del trámite una vez que se constate que la documentación está completa y una vez verificado el pago de los derechos aplicables a la solicitud, es decir, US$ 100,00;
- Los nombres y datos deben coincidir en todos los documentos;
- El desglose de cualquier documento se realizará previa presentación de solicitud escrita; y,
- Al concederse la Declaratoria de nacionalidad por naturalización, se devolverá a la respectiva Misión Diplomática, el original del pasaporte y cédula de identidad del país de origen (en caso de haber sido incluidos en el expediente).
Procedimiento para Obtención de la nacionalidad ecuatoriana por Declaración
1. Se verifica el cumplimiento de requisitos para la aceptación del trámite;
2. Si el trámite es aprobado, se solicitará el pago de los derechos aplicable a la solicitud, es decir, $100,00.
3. En caso de requerir realizar desglose de cualquier documento se presentará solicitud escrita;
4. Se devuelve a la Misión Diplomática el pasaporte y los demás documentos de identidad del país de origen del solicitante, en caso de que este hubiera entregado los originales.
NOTA: Para el seguimiento del trámite es necesario saber el número del trámite con que se ingresó en la Dirección General de Documentación y Archivo.
Costo:
US$ 300 que deben pagarse de la siguiente forma: US$ 100,00 al iniciar el trámite y US$ 200,00 al Otorgamiento de la Resolución (Arancel Consular y Diplomático, RO 224 de 14 de diciembre del 2000).
Tiempo Estimado de Entrega:
Aproximadamente 60 días.
Más información:
http://www.mmrree.gob.ec
Trámites recomendados: