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El transporte en circuito cerrado, a que se refiere el artículo 29 de la Decisión 289, se realizará bajo un plan de viaje que será presentado por el transportista autorizado al organismo nacional competente de su país de origen, quien expedirá la autorización correspondiente y la comunicará a las autoridades competentes de los Países Miembros por donde deba realizarse dicho viaje.

Requisitos para Permiso de Transporte de Pasajeros en Circuito Cerrado Transporte Internacional

  • Copia notariada de la matrícula o registro de propiedad del vehículo habilitado, con el cual se pretende operar.
  • Copia simple del Certificado de Habilitación o permiso de operación.
  • Ruta a visitar, las ciudades y lugares.
  • Ciudad y dirección de la oficina principal de la empresa.
  • Nombre del transportista autorizado y la relación de la tripulación.
  • Póliza Andina de responsabilidad Civil y copia del SOAT.
  • Cuadro en EXCEL donde conste las características de los vehículos y unidades de carga: placa, marca, tipo de vehículo, número de ejes, peso vehicular o tara, dimensiones externas, capacidad máxima de arrastre o carga, año de fabricación y número o serie del chasis(COMO CONSTA EN FORMULARIO).

Procedimiento para Permiso de Transporte de Pasajeros en Circuito Cerrado Transporte Internacional

  • Ingreso por atención al usuario.
  • Despacho a Transporte Internacional.
  • Asignación de procesos a los Técnicos de Transporte Internacional.
  • Análisis del expediente.
  • Favorable: Emisión de Títulos Habilitantes.
  • No Favorable: Respuesta con oficio.
  • Si es favorable se envía a la firma del Director Ejecutivo.
  • Si no es favorable se envía a la firma de la Directora Técnica.
  • Entrega de procesos favorables y no favorables al usuario en la Unidad de Transporte Internacional.

Costo:

No tiene costo.

Tiempo Estimado de Entrega:

5 días.

Trámites recomendados:

 

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