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El RUC se debe suspender cuando la actividad económica haya concluido, para lo cual deberá presentar la solicitud de cese de actividades/cancelación del RUC para personas naturales en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional, dentro de los 30 días hábiles posteriores a la fecha de terminación de actividades.

Trámite en línea:

http://www.sri.gob.ec/web/10138/219

Requisitos para Suspensión del RUC Personas Naturales

Si su trámite es personal debe presentar:

  • Solicitud Suspensión o cancelación del RUC para personas naturales.
  • Identificación del contribuyente: Si usted es Ecuatoriano o Extranjero Residente: Original de la cédula de identidad o de ciudadanía vigente.
  • Si usted es Extranjero no residente: Original del pasaporte (con hojas de identificación) vigente. Si usted es refugiado: original de la credencial de refugiado.
  • Solo ecuatorianos: Original del certificado de votación. Se aceptan los certificados emitidos en el exterior. En caso de ausencia del país se presentará el Certificado de no presentación emitido por la Consejo Nacional Electoral o Provincial.

REQUISITOS ADICIONALES, QUE SE PRESENTARAN SI USTED CUMPLE CON ALGUNO DE LOS SIGUIENTES CASOS:

  • Documento que respalda la suspensión o cancelación, de ser el caso: Copia del decreto de interdicción provisional o definitiva del contribuyente inscrito en el Registro de la Propiedad.
  • Copia de la partida o certificado de defunción del contribuyente.

Para mayor información visite www.sri.gob.ec

NOTA:

  • Previamente a la suspensión o cancelación del RUC, el contribuyente debe efectuar el trámite para dar de baja sus comprobantes de venta vigentes y/o autorización de auto impresores.

 

Procedimiento para Suspensión del RUC Personas Naturales

Una vez completos los documentos requeridos usted puede acercarse a cualquiera de las ventanillas de atención al contribuyente en  la oficina del SRI más cercana a su domicilio y realizar su trámite.

Costo:

Sin costo directo para el contribuyente.

Tiempo Estimado de Entrega:

5 minutos.

Teléfonos generales:

1 700 774 774 (1700 – SRI SRI)

Más información:

http://www.sri.gob.ec/web/10138/219

 

Trámites recomendados:

 

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