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Máquinas Registradoras son dispositivos mecánicos o electrónicos que permiten la emisión de tiquetes, previo su uso se deberá solicitar la autorización al SRI. Este tipo de documentos no sustentan crédito tributario ni costos ni gastos al no identificar al comprador, se utilizan en operaciones con consumidores finales.

Trámite en línea:

https://declaraciones.sri.gov.ec/facIndex/

Requisitos para Autorización de Uso de Máquinas Registradoras

Contar previamente con una clave para realizar trámites por internet.

Procedimiento para Autorización de Uso de Máquinas Registradoras

Ingresar a los servicios en línea de la página web del Servicio de Rentas Internas www.sri.gob.ec registrando el número de RUC y la clave, en la sección de facturación seleccionar la opción Ingreso de Formularios / Máquinas Registradoras, digitar los datos solicitados y obtendrá en línea su autorización, que dependerá del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Costo:

Sin costo directo para el contribuyente.

Tiempo Estimado de Entrega:

En línea / 2 minutos

Teléfonos generales:

(593) 1 700 774 774 (1700 SRI SRI)

Más información:

http://www.sri.gob.ec

Trámites recomendados:

 

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