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Una de las finalidades del BEV es apoyar a los Gobiernos Seccionales, Municipios y Consejos Provinciales, con convenios de crédito para el desarrollo de planes y programas habitacionales de interés social, a los cuales el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, MIDUVI, aplica el Sistema de Incentivos de Vivienda

Requisitos para Financiamiento a Gobiernos Seccionales

1. Presentar la solicitud suscrita por el Prefecto, Alcalde o representantes legales al Gerente General del BEV, acompañando la autorización otorgada por el Gobierno Seccional, para la celebración del convenio y el compromiso de suscribir el contrato respectivo con el Banco Central del Ecuador.

2. Acompañar el correspondiente certificado emitido por el Director Financiero del Gobierno Seccional solicitante, en el cual se determinen los recursos presupuestarios con los que cuenta o contará el Municipio o el Consejo Provincial, para cumplir con las obligaciones a contraer con el Banco Ecuatoriano de la Vivienda.

3. Demostrar que ha dado cumplimiento a lo ordenado en la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal en su Artículo 7.- Límites al endeudamiento para gobiernos seccionales.- Para la aprobación y ejecución de sus presupuestos, los gobiernos seccionales deberán observar los siguientes límites de endeudamiento:
1. La relación porcentual calculada en cada año entre los pasivos totales y los ingresos totales anuales no deberá ser superior al 100%; y,
2. La relación servicio anual de la deuda a ingresos totales deberá ser inferior al 40 %. Para este cálculo el servicio de la deuda incluirá las respectivas amortizaciones, intereses y deuda flotante.
3. El repago de la deuda se realizará a través de la pignoración de las rentas, adicionalmente podrá contemplar la posibilidad de pago con recursos recibidos por concepto de subsidio habitacional (bono de la Vivienda), los aportes del 30% de los beneficiarios; o, con la entrega de la cartera de vivienda que tenga la calificación de A.

Con el objeto de evitar pérdidas de tiempo y de recursos tanto a los gobiernos seccionales como al BEV, el Banco por intermedio de la Subgerencia Bancaria de Riesgos precalificará el crédito requerido de acuerdo al ranking de riesgo crediticio que maneja el BEDE, para lo cual, el BEV solicitará al Banco del Estado la base de datos correspondiente y su actualización periódica.

4. Los interesados deberán presentar la siguiente documentación:

REQUISITOS GENERALES

  • Solicitud de crédito (Formulario No.1);
  • Identificación del participante (Formulario No.2),
  • Copia certificada del nombramiento del Prefecto o Alcalde;
  • Copia certificada del nombramiento del Procurador o Síndico;
  • Copia del RUC de la Institución;
  • Nómina de los miembros del Consejo Provincial y Concejo Municipal con copias de las cédulas de identidad;
  • Nómina de los responsables del proyecto con copias de las cédulas de identidad.

REQUISITOS LEGALES

  • Autorización del Concejo Municipal o Consejo Provincial para adquirir la obligación con el BEV;
  • Autorización del Concejo Municipal o Consejo Provincial para pignorar rentas;
  • Copia certificada de la escritura de propiedad del terreno;
  • Certificado actualizado del Registro de la Propiedad que evidencie que el terreno está libre de gravamen;
  • Compromiso para suscribir con el Banco Central del Ecuador el contrato respectivo para la pignoración de rentas a favor del BEV por el Prefecto o Alcalde;
  • Certificado emitido por el Director Financiero del Gobierno Seccional de contar con los recursos presupuestarios suficientes para suscribir con el Banco Central del Ecuador el contrato para la pignoración;
  • Certificado de la Tesorería Provincial o Municipal que la entidad se encuentra dentro de los limites de endeudamiento establecido en el Art. 7de la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transferencia Fiscal.
  • Pronunciamiento del Gobierno Seccional avalizando y manifestando su acuerdo con el crédito solicitado; y, si es del caso, que se considere que va a ser el mismo Gobierno Seccional, a través de una de sus unidades ejecutoras, el que realice la construcción del proyecto; e
  • Informe de transparencia de costos

REQUISITOS FINANCIEROS

  • Presupuesto de construcción de la vivienda (Formulario No 3a y 3b);
  • Presupuesto de infraestructura del proyecto (Formulario No 4a y 4b);
  • Presupuesto de costos generados por la administración del proyecto (Formulario No. 5a y 5b);
  • Presupuesto total del proyecto (Formulario No 6a y 6b);
  • Cronograma valorado del proyecto (Formularios No 7a y 7b);
  • Flujo de Caja (Formulario No 8); y
  • Relación de áreas y precio de venta por unidad (Formulario No 9);

REQUISITOS TÉCNICOS

  • Memoria descriptiva del proyecto;
  • Informe Municipal de aprobación del proyecto;
  • Permiso de construcción;
  • Cuadro de usos de suelos;
  • Avalúo del terreno por profesional calificado Superintendencia de Bancos y Seguros;
  • Factibilidad de servicios: agua potable, alcantarillado, energía eléctrica;
  • Planos aprobados de Proyecto Urbanístico y Arquitectónico (juego completo);
  • Especificaciones técnicas;
  • Plano de ubicación del proyecto en la ciudad; y
  • Calificación de interés social otorgado por el MIDUVI.;

GARANTIAS

Los Gobiernos Seccionales previo a los desembolsos, rendirán a través de los contratistas u organizaciones ejecutoras, las garantías de Fiel Cumplimiento del Contrato y Buen Uso del Anticipo por el valor entregado de acuerdo al flujo de caja, cuyo beneficiario será: “Unidad Ejecutora (que suscribió el contrato de construcción) y/o BEV”.

En los casos de préstamos en los cuales el plazo del crédito supere el plazo de la ejecución del proyecto, los préstamos concedidos por el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, estarán garantizados con la primera hipoteca del bien donde se realiza el proyecto y/o la suscripción de un fideicomiso de garantía; y de ser necesario de otros bienes inmuebles.

No se solicitarán garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato y Buen Uso del Anticipo en los casos de préstamos en los cuales el plazo del crédito sea menor o igual al plazo de la ejecución del proyecto, y el desarrollo del proyecto se lo realice de manera directa a través de la Unidad Ejecutora constituida por el Gobierno Seccional.

El avalúo del bien deberá ser determinado por un perito avaluador, acordado por las partes, quien deberá contar con la calificación otorgada por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

Este bien podrá ser liberado parcialmente en función de los abonos ordinarios o extraordinarios que se realicen al préstamo.

Procedimiento para Financiamiento a Gobiernos Seccionales

  • Bajar información de la página web del BEV o retirar la información de las oficinas del Banco,
  • Presentar el perfil del proyecto en la Subgerencia de Proyectos de la ciudad de Quito o en las regionales de Guayaquil, Portoviejo, Ambato y Cuenca,
  • Presentar el proyecto técnico, financiero, legal y comercial de acuerdo a lo establecido en el Instructivo General para Negocios Fiduciarios Inmobiliarios y en los formularios establecidos,
  • Revisión y emisión del informe respectivo de las áreas de Proyectos, Negocios, Riesgos, Financiero y Jurídico,
  • Aprobación por parte del directorio del BEV; y,
  • Constitución del convenio que deberá incluir la referencia al contrato de pignoración de Renta en favor del BEV.

Costo:

No tiene costo.

Tiempo Estimado de Entrega:

15 días para la aprobación del crédito más el tiempo que dure la suscripción del convenio y constitución de garantías (de ser el caso).

Teléfonos generales:

(593) (2) 396 33 00 Ext. 1455

Más información:

http://www.bev.fin.ec

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