De conformidad con el Art. 64 del Código de Trabajo, en todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con más de 10 trabajadores, se debe contar con un Reglamento Interno que determine las obligaciones, derechos y prohibiciones tanto para el trabajador como para el empleador.
Requisitos para Aprobación de un Reglamento Interno de Trabajo
1. Petición dirigida al Director Regional de Trabajo firmada por el Representante Legal o él Propietario, en la que conste: Dirección, número de teléfono fijo, número de celular y correo electrónico.
2. CD con el proyecto de Reglamento (en formato Word).
3. Copia certificada del nombramiento del representante legal o poder.
4. Copia actualizada del RUC.
5. Copias de la cédula y certificado de votación vigentes del representante legal, apoderado o propietario.
6. Copia de autorización de funcionamiento otorgado por la Dirección Regional de Trabajo, para el caso de actividades complementarias.
7. Certificado actualizado de Cumplimiento de Obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o convenio de purga de mora.
Procedimiento para Aprobación de un Reglamento Interno de Trabajo
- Usuario ingresa la documentación en la oficina del MRL del domicilio de la empresa o negocio.
- En caso de existir observaciones, las mismas se remitirán por correo electrónico para que sean subsanadas.
- Se emite la resolución de aprobación y se registra el Reglamento Interno
Costo:
Sin costo
Teléfonos generales:
Imbabura: (593)(06) 295 56 45 / Pichincha: (593)(02) 394 74 40 / Tungurahua: (593)(03) 242 18 12 / (593)(03) 242 43 13 / Manabi: (593)(05) 263 29 49 / Guayas: (593)(04) 232 21 53 / (593)(04) 268 42 56 / (593)(04) 268 42 59 / Azuay: (593)(07) 407 58 82 / Loja: (593)(07) 257 15 03 / (593)(07) 258 81 02
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