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Es el acto por el cual se recibe como hijo propio, mediante disposición judicial, a quien no lo es.

Requisitos para Inscripción de adopción

  • Tres copias certificadas de la sentencia debidamente ejecutoriada por autoridad competente que dicto la sentencia.
  • Copia de la marginación en el registro original de nacimiento que se procedió a cancelar.

Procedimiento para Inscripción de adopción

  • Presentación de requisitos.
  • Verificación de requisitos.
  • Cancelación de la especie valorada correspondiente.
  • Legalización de documentos.
  • Entrega del certificado de inscripción del nacimiento. (inicia el proceso de subinscripción e inscripción de nacimiento)

Donde:

La autoridad competente para realizar la inscripción de adopción es el Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación de la Jefatura del lugar donde conste el nacimiento; o del lugar donde va a ejecutar la inscripción de dicha adopción. También es válido hacerlo ante su delegado. Previamente se debe cancelar el registro original del nacimiento mediante una anotación marginal que dé cuenta de la adopción.

Costo:

$ 15,00 (Quince dólares)

Más información:

http://www.registrocivil.gob.ec

Trámites recomendados: