Decimatercera Remuneración
Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el veinticuatro de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario.
Decimacuarta Remuneración
Los trabajadores percibirán, además, sin perjuicio de todas las remuneraciones a las que actualmente tienen derecho, una bonificación adicional anual equivalente a una remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general y una remuneración básica mínima unificada de los trabajadores del servicio doméstico, respectivamente, vigentes a la fecha de pago, que será pagada hasta el 15 de marzo en las regiones de la Costa e Insular; y, hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y Oriente.
Participación a Trabajadores de Utilidades
El empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades líquidas
Trámite en línea:
http://salarios.mrl.gob.ec/
Requisitos para Informe Empresarial de Participación de Utilidades a Trabajadores
- Para Persona Jurídica: copia simple del último nombramiento del representante legal, Registro Único de Contribuyentes y cédula de ciudadanía del representante legal.
- Para personas Naturales: copia simple del R.U.C. y cédula de ciudadanía.
- Instituciones de Carácter Social: copia simple de Registro de Directiva y cédula de ciudadanía del representante legal.
- En el caso de Empresas de Servicios Complementarios: anexar el permiso de funcionamiento otorgado por el Ministerio de Relaciones Laborales y que se encuentre en vigencia con respecto al período de legalización.
- En el caso de que existan trabajadores con CONTRATO PARCIAL PERMANENTE: anexar copia del contrato registrada en el MRL.
- En el caso de que la empresa consigne el valor de utilidades no distribuidas: debe incluir el listado de las personas con el valor no distribuido por cada una de ellas.
- Para la decimatercera y decimacuarta remuneración, en el caso que no hubiese podido pagar a su trabajador: deberá presentar una declaración juramentada anexada al informe, indicando que dichos valores quedarán en su poder y será de responsabilidad exclusiva del respectivo pago.
Procedimiento para Informe Empresarial de Participación de Utilidades a Trabajadores
Decimatercera o Decimacuarta Remuneración
- Acercarse al Banco de Fomento mas cercano en su ciudad y llenar la papeleta de depósito con los siguientes datos:
Sublinea: 130106
RUC: 1768150940001
Nombre: Ministerio de Relaciones Laborales - Acercarse con el comprobante de depósito original a la Delegación o Dirección Regional del Ministerio para canjear por el formulario
- Ingrese a la página Web: www.relaciones laborales.gob.ecDar clic en SERVICIOS EN LINEA
- Dar clic en REGISTRO 13°, 14° y UTILIDADES.
- Ingrese el número de RUC en el caso de ser Empresa o Persona Jurídica
- Ingrese el número del formulario que se encuentra en la esquina superior derecha
- El sistema solicitará información de sus trabajadores para poder determinar el valor que deberá cancelarse por la remuneración adicional que se elabora.
- En el caso de tener más de 10 trabajadores de deberá cargar una plantilla (archivo cvs) con el formato establecido por el Ministerio de Relaciones Laborales para lo cual se puede bajar el Archivo Modelo, y reemplazar con la nómina de sus trabajadores.
- Una vez concluido el ingreso de la información, deberá imprimir «El informe individual Sobre la Decimatercera ó Decimocuarta Remuneración». En este documento deberán firmar los trabajadores que han recibido la decimatercera ó decimocuarta remuneración en
pago directo. La última hoja de este informe desplegará un resumen total de pagos realizados a los trabajadores, la misma que deberá estar firmada por el representante legal, declarando la veracidad del mismo. - Para finalizar el registro y legalizar el Informe Empresarial de la Decimatercera ó Decimacuarta Remuneración debe entregar toda la documentación en el MRL o en sus diferentes Delegaciones Provinciales a nivel nacional.
- La presentación de la documentación se realizará de acuerdo al cronograma que se detalla a continuación tomando en cuenta el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) (* ver cuadro de Cronogramas, anexo)
- Si se cancela acreditando a la cuenta del trabajador, traer la Certificación de la transferencia bancaria que incluya el valor acreditado y nombre del trabajador, con la firma y sello de responsabilidad de la empresa.
NOTA: Los patronos del servicio doméstico NO REQUIEREN COMPRAR NI ENTREGAR EL FORMULARIO.
Únicamente con su cédula debe realizar el registro de sus trabajadores en la página http://salarios.mrl.gob.ec
Participación a Trabajadores de Utilidades
- Acercarse al Banco de Fomento mas cercano en su ciudad y llenar la papeleta de depósito con los siguientes datos:
Sublinea: 130106
RUC: 1768150940001
Nombre: Ministerio de Relaciones Laborales - Acercarse con el comprobante de depósito original a la Delegación o Dirección Regional del Ministerio para canjear por el formulario
- Ingrese a la página Web: www.relacioneslaborales.gob.ec
- Dar clic en SERVICIOS EN LINEA
- Dar clic en REGISTRO 13°, 14° y UTILIDADES.
- Ingrese el número de R.U.C. en el caso de ser Empresa o Persona Jurídica
- Ingrese el número del formulario que se encuentra en la esquina superior derecha
- El sistema solicitará cargar una plantilla (archivo csv) con el formato establecido por el MRL
- Una vez concluido el ingreso de la información, deberá imprimir «El informe individual Sobre el Pago de Utilidades a sus Trabajadores». En este documento deberán firmar los
- trabajadores que han recibido la participación de utilidades en pago directo.
- La última hoja de este informe desplegará un resumen total de pagos realizados a los trabajadores, la misma que deberá estar firmada por el representante legal, declarando la veracidad del mismo.
- Para finalizar el registro y legalizar el Informe Empresarial Sobre Participación de Utilidades debe entregar toda la documentación en el MRL o en sus diferentes Delegaciones Provinciales a nivel nacional.
- La presentación de la documentación se realizará de acuerdo al cronograma que se detalla a continuación tomando en cuenta el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) (* ver cuadro de Cronogramas, anexo)
- Si se cancela acreditando a la cuenta del trabajador, traer la Certificación de la transferencia bancaria que incluya el valor acreditado y nombre del trabajador, con la firma y sello de responsabilidad de la empresa.
VER ANEXO DE CRONOGRAMA DE REMUNERACIONES
Costo:
Décima Tercera Remuneración – USD 2,00 (DOS DÓLARES)
Décima Cuarta Remuneración en la Línea Costa- Insular – USD 2,00 (DOS DÓLARES)
Décima Cuarta Remuneración en la Línea Sierra y Oriente – USD 2,00 (DOS DÓLARES)
Participación a Trabajadores de Utilidades – USD 2,00 (DOS DÓLARES )
Trámites recomendados:
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