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Es un informe en el que se analiza la información para autorizaciones de contrataciones de servicios ocasionales que sobrepasen el 20% de la totalidad del personal en las Instituciones Públicas, establecido por la Ley.

Requisitos para Autorización del 20% de los Contratos por Servicios Ocasionales

  • Autorización de la Autoridad nominadora para la contratación de dicho personal.
  • Informe Técnico elaborado por la Unidad de Administración del Talento Humano de la institución, motivando la contratación del personal ocasional adicional.
  • Certificación Presupuestaria.
  • Copia del oficio mediante el cual se remitió al Ministerio de Relaciones Laborales la Planificación anual del talento humano para su aprobación.
  • Los puestos que están contemplados dentro del régimen de Código de Trabajo, no son sujetos a autorización alguna por parte del Viceministerio de Servicio Público. Por lo que, la institución deberá realizar el trámite respectivo en base al procedimiento de registro de contratos de trabajadores.
  • Detallar el número total de partidas a nombramiento que tiene en su Estructura Orgánica la Institución; debiendo recalcar que el cálculo del porcentaje de autorización de contratos ocasionales, deberá realizarse únicamente sobre la base del personal amparado bajo el régimen del servicio público; es decir, se deberá excluir al personal amparado bajo otros regímenes, para este cálculo únicamente se tomará en cuenta el personal de carrera o nombramiento regular.
  • Listado del personal que se va a contratar, excluyendo las personas que se contratarán para proyectos de inversión y personal comprendido dentro del jerárquico superior, conforme las siguientes plantillas:
  • No. de partidas de nombramiento regular del año 2011
  • No. de contratos ocasionales dados en el año 2011
  • No. de contratos ocasionales para el año 2012 Grupo ocupacional
  • No. de personas por Grupo Ocupacional

Procedimiento para Autorización del 20% de los Contratos por Servicios Ocasionales

  • Análisis del requerimiento.
  • Verificación del cumplimiento de requisitos establecidos por el Ministerio de Relaciones Laborales (MRL).
  • Solicitar documentación a las Instituciones en caso de no cumplir los requisitos establecidos.
  • Elaboración de propuestas de informe de autorización y oficio de notificación a la Institución.
  • Revisión de propuestas de informe y oficio por parte del Coordinador, Directora y Subsecretario de Control Técnico.
  • Incorporación de correcciones y cambios en las propuestas de informe y oficio, de ser el caso.
  • Expedición de informe y oficio final de autorización.

Costo:

No tiene costo

Teléfonos generales:

(593) (2) 381 40 00 / Ext. 10600 Ministerio de Relaciones Laborales Quito (Matriz)

Trámites recomendados:

 

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