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Las compañías mercantiles, personas naturales u organizaciones de la Economía Popular y Solidaria que han obtenido la Autorización de Actividades complementarias, tiene la obligación de hacer la RENOVACIÓN de la misma con el objeto de celebrar contratos con empresas o instituciones que requieran estos servicios.
Sólo las compañías mercantiles que tengan como objeto social exclusivo Seguridad y vigilancia podrán obtener la Renovación de actividades complementarias.

La primera renovación se lo realiza a los 2 años de haber obtenido la autorización inicial.
La segunda renovación se lo realiza a los 5 años de haber obtenido la primera renovación
La tercera renovación se lo realiza por última vez ya que el plazo se vuelve indefinido.

PUEDE INGRESAR LA DOCUMENTACIÓN CON 15 DÍAS DE ANTICIPACIÓN

Requisitos para Renovación de la Autorización de Actividades Complementarias

PERSONAS NATURALES ACTIVIDADES DE LIMPIEZA, MENSAJERÍA Y ALIMENTACIÓN

  • Solicitud y formularios, los mismos que se encuentran disponibles en la página del Ministerio de Relaciones Laborales www.mrl.gob.ec.
  • Presentar copia del R.U.C.
  • Certificado de obligaciones Patronales que la empresa mantiene con el IESS, que acredite no encontrarse en mora en el cumplimiento de obligaciones.
  • Copia de la Autorización de Servicios Complementarios.

NO SE ACEPTAN COPIAS SIMPLES SINO TODOS LOS DOCUMENTOS NOTARIADOS

PERSONAS JURÍDICA ACTIVIDADES DE LIMPIEZA, MENSAJERÍA, ALIMENTACIÓN Y SEGURIDAD Y VIGILANCIA

  • Solicitud y formularios, los mismos que se encuentran disponibles en la página del Ministerio de Relaciones Laborales www.mrl.gob.ec.
  • Nombramiento del Representante Legal debidamente inscrito en el Registro Mercantil
  • Copia del R.U.C.
  • Certificado de obligaciones Patronales que la empresa mantiene con el IESS, que acredite no encontrarse en mora en el cumplimiento de obligaciones.
  • Copia de la autorización de Actividades Complementarias.
  • Declaración juramentada de que la empresa de Actividades Complementarias no tiene ningún tipo de vinculación con las empresas usuarias.

NO SE ACEPTAN COPIAS SIMPLES SINO TODOS LOS DOCUMENTOS NOTARIADOS

Procedimiento para Renovación de la Autorización de Actividades Complementarias

PERSONA JURÍDICA y PERSONA NATURAL

  • Ingresa Documentación por Secretaría General
  • Se ingresa el trámite en el Sistema de Actividades Complementarias donde se revisa los documentos, si faltase algún documento
  • se le notifica por correo electrónico al usuario para que ingrese la documentación por Secretaría General.
  • Se realiza la inspección al sitio para comprobar la actividad que esta desarrollando
  • Se emite el informe de inspección a la Dirección Regional para la aprobación
  • Una vez aprobada la autorización se registra en el sistema y se entrega el documento físico al usuario .

En la primera renovación se extiende el plazo a 30 días, si el usuario se excede de este plazo el sistema le registra que ha cometido una PRIMERA FALTA, en caso de REINCIDENCIA, o en la segunda renovación se extiende de los 30 días se le multa con 20 remuneraciones básicas unificadas según el Acuerdo Ministerial 39 con fecha 16 de febrero del 2011.

Costo:

No tiene Costo

Trámites recomendados:

 

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