image image

Es la forma de dar por terminado un contrato de trabajo por el Empleador por alguno de los motivos determinados en el artículo 172 del Código de Trabajo y las causales contempladas en el Reglamento Interno aprobado

Requisitos para Visto Bueno solicitado por el empleador con y sin Suspensión de Relación Laboral

  • Solicitud de visto bueno dirigida al Inspector de Trabajo con firma de abogado (tres originales) en la que conste: Correo electrónico que señale el solicitante, teléfono fijo y casillero judicial.
  • Copia del nombramiento del representante legal, apoderado o persona natural
  • Copia de la cédula y certificado de votación del representante legal o patrono
  • Copia actualizada del RUC de la empresa
  • Certificado actualizado de Cumplimiento de Obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o convenio de purga por mora.
  • Croquis de la dirección del lugar de notificación
  • Resolución o pronunciamiento del Comité Obrero Patronal en los casos donde existe contrato colectivo que establece este requisito.

NOTA:

  • En caso de visto bueno con suspensión de relación laboral, se debe consignar el valor correspondiente a la última remuneración para el trabajador por lo que se debe adjuntar el comprobante de depósito respectivo (cuenta del MRL del Banco Nacional Fomento N°3001038964).
  • En caso de concesión de visto bueno a favor del patrono previa a la presentación del comprobante de consignación y con la resolución de aceptación del visto bueno se devolverá (al empleador) vía transferencia electrónica la remuneración consignada.
  • En caso de negativa del visto bueno, el trabajador deberá reintegrarse de manera inmediata y el monto consignado se entregará al trabajador por transferencia electrónica.

Procedimiento para Visto Bueno solicitado por el empleador con y sin Suspensión de Relación Laboral

  • Empleador ingresa la documentación en la oficina del MRL que corresponda al lugar de trabajo.
  • Se califica el visto bueno y se notifica al trabajador dentro de 24 horas, concediéndole dos días para que conteste.
  • Con su contestación o en rebeldía señala día y hora para la diligencia de investigación en el lugar de trabajo.
  • Se emite la correspondiente Resolución otorgando o negando el visto bueno y se notifica al casillero judicial.

Costo:

No tiene costo

Trámites recomendados:

 

... Ver más trámites »