Es la forma de dar por terminado el contrato de trabajo que mantengan las partes por cualquiera de las causas establecidas en el Art. 173 del Código del Trabajo.
Requisitos:
- Solicitud de visto bueno dirigida al Inspector de Trabajo con firma de abogado (tres originales) en la que conste: Correo electrónico que señale el solicitante, teléfono fijo y casillero judicial.
- Copia de cédula y certificado de votación del trabajador.
- Croquis de la dirección de notificación al empleador.
Procedimiento:
- Usuario ingresa la documentación en la oficina del MRL que corresponda al lugar de trabajo.
- Se califica el visto bueno y se notifica al empleador dentro de 24 horas, concediéndole dos días para que conteste.
- Con su contestación o en rebeldía señala día y hora para la diligencia de investigación.
- Se emite la correspondiente Resolución otorgando o negando el visto bueno y se notifica al casillero judicial.
Costo:
No tiene costo
Trámites recomendados:
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