Los proyectos cuyos estudios técnicos y urbanísticos serán objeto de financiamiento por parte del BEV, deberán ser de un mínimo de quinientas unidades habitacionales cuyo precio máximo de venta sea de hasta USD 60.000,00. En el caso de los gobiernos autónomos descentralizados podrán presentar proyectos desde doscientas unidades habitacionales. Además, deben ser programas habitacionales que se desarrollen en ciudades de acentuado déficit y demanda habitacional.
Procedimiento para Crédito de Preinversión
FASES CRÉDITO DE PREINVERSIÓN
- I Fase: Fase de Análisis y Aprobación
- II Fase: Fase de Instrumentación y Desembolso
Teléfonos generales:
02 3963 300
Más información:
http://www.bev.fin.ec/
Trámites recomendados:
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